08 Mar Explicación de Que es DO y DOQ en los Vinos Españoles
Explicación de Que es DO y DOQ en los Vinos Españoles
DO y DOQ, ¿Qué Significan?
La denominación de origen es un instrumento, dentro del derecho de propiedad industrial. Sirve para proteger productos alimenticios o bebidas, mediante una referencia a su lugar de origen, confiriéndole en el mercado una o unas características que suponen una garantía de calidad.
La denominación de origen (DO) en los vinos, es una calificación de calidad. Son reconocidos aquellos vinos de un determinado lugar, está regulado por un consejo regulador y deben cumplir una serie de requisitos.
Los requisitos que tienen que cumplir los vinos con D.O. son los siguientes:
- Elaborados con uvas de la región, comarca, localidad o lugar que determine la denominación.
- Vinos de gran renombre, con alto prestigio según su origen.
- Vinos que ofrecen alta calidad y características propias, tanto por su origen como por el método de elaboración. Los factores naturales y humanos.
- A estos tres criterios anteriores establecidos en La Ley de la Viña y del vino, se le une el reglamento europeo, que exige adicionalmente que la elaboración del vino se realice dentro del ámbito geográfico que la denominación de origen define y que las uvas provengan de variedades Vitis vinífera.
Por otro lado
Como requisito previo para el reconocimiento de una DO, es necesario que la región, comarca o lugar haya sido previamente reconocida como vino con indicación geográfica protegida (IGP) con al menos cinco años de antelación.
Además, las tierras de la Denominación de Origen (DO) deben estar dedicadas exclusivamente al cultivo de la Vid.
Por último, la gestión de la denominación de origen deberá estar encomendada a un órgano de gestión, denominado Consejo Regulador. La legislación de los Consejos Reguladores se realiza principalmente a través de sus reglamentos, pero también mediante disposiciones, órdenes ministeriales, decretos o Leyes Orgánicas. Son los Consejos Reguladores de cada D.O los encargados de velar por el cumplimiento de lo marcado. Puede darse la circunstancia que un único C.R. regule varias denominaciones de origen, como ocurre con el Consejo Regulador de Jerez que regula la D.O. Vinos de Jerez, la D.O. Manzanilla de Sanlucar y también la D.O. Vinagre de Jerez.
Que es la denominación de Origen Calificada, DOQ
Es una Certificación Especial DO, especialmente reservada para aquellos vinos que han alcanzado altos niveles de calidad durante un largo período de tiempo. Es la ‘Denominación de Origen Cualificada’ (DOCa, es su sigla). En España, solo hay dos DOCa, Priorat (desde 2000) y Rioja (desde 1991).
Según la Ley de la Viña y del Vino, además de los requisitos antes vistos exigibles a las denominaciones de origen (DO), las denominaciones de origen calificadas (DOCa) deberán cumplir a mayores los siguientes:
- Han transcurrido al menos 10 años desde su reconocimiento como DO.
- Los vinos se comercializan exclusivamente embotellados en las bodegas inscritas y ubicadas en el área geográfica definida.
- Su órgano u organismo de control estableció e implementó un adecuado sistema de control cuantitativo y cualitativo de los vinos protegidos, desde la producción hasta la salida al mercado, que incluye un control físico-químico y organoléptico por volumen homogéneo en lotes limitados.
Que es la denominación de Origen Protegida
La Denominación de Origen Protegida (DOP) es la marca de calidad europea que unifica a todos los países miembros bajo un único sello. No obstante, cada país de la UE tiene sus propias categorías de calidad que se incluyen dentro de la DOP.
Tanto la DO y las DOQ (DOCa.) vistas anteriormente están reguladas a nivel europeo por el Reglamento (CE) 479/2008, que las incluye dentro de la DOP (Denominación de Origen Protegida). Además, como se indicó, la propia Comisión es la encargada de aprobar la creación y registro comunitario de una nueva DO y/o DOQ.
Esta nueva regulación se basa en el refuerzo de la competitividad de los Vinos Europeos. Un mejor equilibrio entre oferta y demanda, la abolición de las medidas de intervención en los mercados, un mejor uso de los créditos presupuestarios, una mayor simplificación de la regulación. La consolidación del tejido social de zonas rurales y protección del medio ambiente.
Las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) Españolas son
- V.P.Ca (vinos de pago calificados)
- V.P. (vinos de pago)
- D.O.Ca. (denominación de origen calificada)
- D.O. (Denominación de origen)
- V.C. (vinos de calidad con indicación geográfica)
(Ordenados de mayor a menor requisitos o criterios de calidad)
Las DOP de los Países miembros Europeos
- Francia
- AOC (Appellation d’Origine Contrôlée)
- Italia
- DOC (Denominazione di Origine Controllata)
- DOCG (Denominazione di Origine Controllata e Garantita)
- Portugal
- PR (Indicação de Proveniência Regulamentada)
- DOC (Denominacão de Origem Controlada)
- Alemania
- QbA (Qualitätswein bestimmter Anbaugebiete)
- ‘Prädikatswein’ (también conocido como ‘QmP’ o ‘Qualitätswein mit Prädikat’)
- Austria
- Qualitätswein
- Prädikatswein
- DAC (Districtus Austriae Controllatus)
(En cada uno de estos países puede haber otras indicaciones, aquí mencionamos las más relevantes)